ABOGADO SANCIONADO POR NO CUMPLIR EL DEBER DE INFORMACION NI TENER INSCRITOS SUS FICHEROS
admin — Mar, 12/01/2010 - 18:47
Un cliente denuncia a un abogado que ya le había llevado varios asuntos por no haberle informado de cómo ejercer los derechos que le reconoce la Ley Orgánica de Protección de Datos y de que sus datos serían tratados de forma automatizada.
Tras haberse presentado la denuncia correspondiente, la Agencia Española de Protección de Datos inicia las investigaciones pertinentes para el esclarecimiento de los hechos. Con ello la AEPD comprueba que:
- el abogado, en adelante el denunciado, no tenía inscritos sus ficheros en el Registro de la AEPD, por lo que recibe una sanción de 601,01 € por una infracción del art. 26 de la LOPD
- durante la inspección se comprueba que el denunciado cumple con muchas de las medidas de seguridad que le impone la normativa vigente en materia de protección de datos, pero ninguna de ellas aparece recogida en un documento de seguridad, tal y como exige la LOPD, debido a que no existe en el despacho tal documento. Por estos hechos la AEPD impone al denunciado una segunda sanción de 3000€ por la infracción del art. 9 de la LOPD




