Servicio de protección de datos
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, toda entidad pública o privada que maneje datos personales de sus clientes, proveedores y trabajadores tiene la obligación de gestionar un control sobre los datos que recaba y los medios de protección de la confidencialidad de dichos datos.
A.- PROTECCIÓN DE DATOS COMPLETA
A través de un análisis de su actividad y dinámica de trabajo, Susdatos determinará el nivel de cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 y demás normativa de aplicación.
El siguiente paso será adecuar su actividad a los preceptos legales, cumpliendo con las obligaciones establecidas, como son:
- Una vez definidos los ficheros, los datos personales contenidos en los mismos y el nivel de seguridad que resulta de aplicación, se procederá a la notificación de los ficheros que contengan datos de carácter personal ante el Registro General de la Agencia de Protección de Datos.
- Adecuación de la actividad de la empresa a la normativa establecida en relación con la adaptación, tratamiento y comunicación de datos personales. En particular, se llevará a cabo la redacción de las cláusulas de protección de datos oportunas para impresos y formularios, tanto en papel como en la página web.
- Redacción del Documento de Seguridad, que incluya las medidas de protección establecidas en virtud de los datos recabados. Esta obligación está establecida en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio y supone la elaboración de un documento en el que se indiquen las medidas adoptadas para la protección de la integridad y confidencialidad de los datos personales que están en su poder como Responsable de un Fichero.
- En caso de que se comuniquen datos personales a cualquier persona o entidad, dentro del ámbito de una prestación de servicios (por ejemplo, a una empresa de publicidad para que les hagan sus mailings, o a una gestoría para efectuar las nóminas), se hará necesario la redacción de un contrato que regule la situación entre las partes, sus derechos y obligaciones, tal y como determina el artículo 12 LOPD.
B.- SERVICIO DE MANTENIMIENTO
Asimismo, le ofrecemos el servicio de Mantenimiento Anual de la protección de datos de su entidad que supondrá que durante un año desde la contratación del servicio, efectuemos y revisemos todas las modificaciones y nuevas situaciones que se puedan producir con relación a la protección de datos, en concreto:
- Modificaciones en ficheros registrados
- Inscripciones de nuevos ficheros
- Supresión de ficheros inscritos
- Actualizaciones del Documento de Seguridad
- Redacción de nuevas cláusulas de protección de datos si surge la necesidad
- Redacción de nuevos contratos de tratamiento y cesión de datos
- Consultas generales sobre casos prácticos del día a día
C.- OTRAS GESTIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Además de todo lo anteriormente mencionado, desde Susdatos podremos prestarles nuestro asesoramiento en las siguientes materias:
- Auditorias de Protección de Datos
- Formación en esta materia al persona de su empresa
- Redacción de recursos
- Formulación de alegaciones
- Asesoramiento ante inspecciones de la Agencia de Protección de Datos




